Guayaquil soportó la noche del 1 de abril del 2025 la tormenta eléctrica más fuerte de la temporada invernal. La fuerte lluvia y los rayos complicaron las operaciones aéreas.
Unos vuelos que debían aterrizar en Guayaquil no pudieron hacerlo en sus horarios previstos. Otros que debían salir de la ciudad tuvieron demoras por la tormenta.
El Inamhi, ente que realiza los pronósticos en Ecuador, indicó que la estación aeropuerto registró la lluvia más intensa de 2025: entre la tarde del 1 y las 07;00 del 2 de abril se acumularon 137.7 mm.
Esto equivalente al 67 % del promedio mensual histórico de abril. El ente indicó que también se reportó alta densidad de tormentas.
Las regulaciones en Ecuador establecen compensaciones a pasajeros aéreos cuando se traten demoras o cancelaciones que se imputan o sean responsabilidad de las aerolíneas.👉Las 10 atracciones imperdibles de Magic Kingdom de Disney y los tiempos de espera
Una tormenta es una causa imprevista. La ley ecuatoriana establece que son causas ajenas al normal desenvolvimiento de la actividad del transportista que impiden que el vuelo se lleve a cabo o que retrasen su iniciación, como causas meteorológicas, fallas técnicas no correspondientes al mantenimiento programado o rutinario de la aeronave o causadas por pasajeros o terceros en el momento del vuelo, fallas de los equipos de soporte en tierra.
Cuando un vuelo se desvía por causas metereológicas, la aerolínea no está obligada a correr los gastos del hotel del pasajero. Aplica igual si la cancelación o demora es causada por factores externos como el clima. Sin embargo, algunas aerolíneas pueden ofrecer asistencia voluntaria como cortesía.
Hay pasajeros que se preguntan si hay compensaciones cuando un vuelo se demora, no puede aterriza a tiempo y se desvía a otro aeropuerto debido a las malas condiciones del clima.
En ese caso, las condiciones climáticas adversas se consideran en Ecuador una causa de fuerza mayor, es decir, no es imputable a la aerolínea.
Si un vuelo no despega o aterriza a tiempo debido a condiciones climáticas adversas, se considera una causa de fuerza mayor o caso fortuito.
Si un vuelo no despega o aterriza a tiempo debido a condiciones climáticas adversas, se considera una causa de fuerza mayor o caso fortuito.
En estos casos, las políticas de compensación operan de manera diferente cuando se trata a algo que es responsabilidad directa de la aerolínea.
Cuando un vuelo se desvía por causas metereológicas, la aerolínea no está obligada a correr los gastos del hotel del pasajero. Aplica igual si la cancelación o demora es causada por factores externos como el clima. Sin embargo, algunas aerolíneas pueden ofrecer asistencia voluntaria como cortesía.
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