La modificación de los requisitos se adoptarán tras los brotes de casos con la variable Delta que se ha detectado en otras naciones que flexibilizaron sus medidas.
El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional aprobó que desde el 15 de julio del 2021 todos los pasajeros mayores a dos años que entren al país presenten un carnet de vacunación con al menos 14 días de la segunda dosis o una prueba negativa de PCR realizada no antes de 72 horas al viaje.
Con esto se eliminará la opción de presentar una prueba de antígeno para entrar por los aeropuertos del país, una alternativa que se había fijado meses atrás, explicó Juan Zapata, presidente del Comité de Operaciones de Emergencia (COE).
Las autoridades han explicado que se elimina la prueba de antígeno, pues este tipo de pruebas sirven cuando la persona está con síntomas, pero cuando no tienen síntomas es probable que de un falso negativo.
La ministra de Salud, Ximena Garzón, señaló que los pasajeros deberán presentar su carnet o los resultados de la PCR antes de que embarquen a Ecuador.
Esto implica que las aerolíneas exijan estos requisitos a los pasajeros en el país de origen, es decir, antes de que embarquen en el avión rumbo a Ecuador.
Las aerolíneas que no cumplan la disposición podrían estar sujetas a multas de 5.000 a 10.000 dólares o suspensión de hasta 3 meses del permiso de operación.
Las autoridades también determinaron que los pasajeros que provengan de naciones que reporten una elevada transmisión del virus, con transmisión comunitaria de las variantes riesgosa como la Delta y bajas coberturas de vacunación, deberán presentar el carnet de vacunación completo, o resultado de una prueba diagnóstica PCR negativa.
Las autoridades también determinaron que los pasajeros que provengan de naciones que reporten una elevada transmisión del virus, con transmisión comunitaria de las variantes riesgosa como la Delta y bajas coberturas de vacunación, deberán presentar el carnet de vacunación completo, o resultado de una prueba diagnóstica PCR negativa.
Los pasajeros cuyo punto de origen, de tránsito o escala sea India o Brasil tendrá que presentar el resultado negativo de la prueba PCR realizada hasta 72 horas antes del embarque al Ecuador. Si la prueba es negativa igual deberá realizar aislamiento por 10 días en su domicilio o lugar de alojamiento.
Ecuador, además, seguirá exigiendo la ‘declaración de salud del viajero’ o completar ese documento digitalmente a través de la página web habilitada.
Ecuador, además, seguirá exigiendo la ‘declaración de salud del viajero’ o completar ese documento digitalmente a través de la página web habilitada.
Los viajeros deberán reportar, diariamente y por 15 días, al Ministerio de Salud la presencia de síntomas que pudieran estar asociados a COVID-19.
Garzón especificó que todo pasajero que a su arribo presente síntomas vinculados con la COVID-19, como tos, pérdida de olfato o el gusto, independientemente de la prueba PCR, será evaluado por el personal del Ministerio.
Cuando se detecten casos sospechosos en las terminales aéreas se aplicará una prueba de antígeno y de ser positiva la persona mantendrá un aislamiento de 10 días en su domicilio o cualquier sitio de alojamiento costeado por el viajero.
Garzón indicó que todas estas medidas serán aplicadas para poder evitar que entre la variable Delta.
Cuando se detecten casos sospechosos en las terminales aéreas se aplicará una prueba de antígeno y de ser positiva la persona mantendrá un aislamiento de 10 días en su domicilio o cualquier sitio de alojamiento costeado por el viajero.
Garzón indicó que todas estas medidas serán aplicadas para poder evitar que entre la variable Delta.
El COE determinó que las medidas entren en vigencia el 15 de julio para dar tiempo a que la Cancillería y los consulados notifiquen estas nuevas disposiciones.
Al momento, según la ministra de Salud, no hay evidencia de la variante Delta en el país.
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