La decisión se publicó en el Registro Oficial y establece una reducción de $50 a $5 en la Ecodelta y de $10 a $1 para la Ecuador Potencia Turística.
Esta primera se cobra a los boletos aéreos que compran los ecuatorianos para viajar a un destino extranjero y la otra se cobra a los foráneos que vienen a Ecuador.
Este beneficio solo aplica para los aeropuertos bajo la Dirección de Aviación y aquellos no concesionados, pero delegados a municipios.
Este beneficio solo aplica para los aeropuertos bajo la Dirección de Aviación y aquellos no concesionados, pero delegados a municipios.
Es decir, no aplica para las principales terminales de Guayaquil y Quito, las cuales están concesionadas.
La resolución determina que la rebaja aplica a nuevas aerolíneas internacionales que ingresen por primera vez a Ecuador y vuelen internacionalmente a los aeropuertos que estén administrados por la Dirección General de Aviación Civil o que hayan sido delegados a la administración local y no hayan concesionados a un privado.
Además fija que se podrán beneficiar las aerolíneas internacionales que actualmente operen en el Ecuador, y que abran una nueva ruta internacional con nuevas frecuencias a esas terminales.
El Gobierno ecuatoriano ha establecido que no podrán acogerse a este beneficio las aerolíneas que mantengan actualmente una ruta y frecuencias al país y, cambien dicha ruta a un nuevo aeropuerto que tenga este beneficio.
Además fija que se podrán beneficiar las aerolíneas internacionales que actualmente operen en el Ecuador, y que abran una nueva ruta internacional con nuevas frecuencias a esas terminales.
El Gobierno ecuatoriano ha establecido que no podrán acogerse a este beneficio las aerolíneas que mantengan actualmente una ruta y frecuencias al país y, cambien dicha ruta a un nuevo aeropuerto que tenga este beneficio.
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