21.10.16

Un freno al ingreso de televisores e impresoras por las fronteras

La Aduana ecuatoriana intenta poner un freno a ciertos bienes electrónicos que ingresan los viajeros por las fronteras de Colombia y Perú. Y uno de los primeros cambios que ha anunciado es que a partir de este 25 de octubre  las personas que ingresan al país por las fronteras terrestres no podrán nacionalizar como bienes tributables ni televisores, ni impresoras. 



Por la diferencia de cambio que existe entre el dólar y las monedas de los países vecinos (peso y sol), decenas de ecuatorianos aprovechaban para comprar este tipo de productos electrónicos en las ciudades fronterizas. 
Como se daba la posibilidad de pagar los impuestos de una forma simplificada en la frontera, televisores e impresoras podían  entrar a territorio ecuatoriano. 


Mecanismo actual 

La normativa actual refiere que las mercancías  sujetas al pago de tributos, cuyo valor sea menor o igual a $ 2 000 (o su equivalente en otra moneda) deben presentar la Declaración Aduanera Simplificada (DAS) y adjuntar los documentos solicitados por Aduana. Los artículos como televisores pagan impuesto, aranceles y sobretasa. 

La base imponible para el cálculo de los tributos es el valor de la mercadería más el costo del transporte ($ 1,50 por cada kilo de los bienes tributables) y el costo presuntivo del seguro (1% del valor de las mercaderías).




El trámite ordinario

Ahora la regla cambia. La Aduana ha indicado que "en caso de pretender ingresar este tipo de mercancías por las fronteras terrestres, estos productos deberán ser nacionalizadas cumpliendo todos los requisitos de un importador ordinario". Con eso el trámite se vuelve una importación común.

Cuando la Aduana detecte que los turistas pretenden ingresar este tipo de mercancías por las fronteras terrestres, los artículos serán trasladados a un depósito temporal, pues para ser nacionalizados deberán cumplir el proceso de un importador. 

Esta nueva medida no será aplicada a los comerciantes beneficiarios de la canasta comercial establecida por el Comité de Comercio Exterior (Comex).




Con las nuevas restricciones, los viajeros podrán ingresar al país vía terrestre, sin pago de tributos, solo sus efectos personales, es decir los bienes que acompañan al turista o al grupo familiar, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales. El listado de estos efectos del viajero se encuentra en la web de la Aduana. 

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